Contestación de COLPRODECAM al artÃculo de la Asociación Empresarial de Prótesis Dental de Madrid publicado en Gaceta Dental
Jueves, 07 de Abril de 2016
CONTESTACIÓN AL ARTICULO DE LA ASOCIACIÓN EMPRESARIAL DE PRÓTESIS DENTAL DE MADRID PUBLICADO EN LA REVISTA GACETA DENTAL Nº 278 SECCIÓN ACTUALIDAD, DEL MES DE MARZO DE 2016 PAGINA 152 TITULADO “NO ES OBLIGATORIA LA COLEGIACIÓN DE TODO EL PERSONAL DE LOS LABORATORIOS DE PRÓTESIS DENTAL DE MADRID
Frente a lo publicado por la Asociación Empresarial de Madrid, en la revista Gaceta Dental nº 278, del mes de marzo, Sección Actualidad, pagina 152, titulado “No es obligatoria la colegiación de todo el personal de los laboratorios de prótesis dental de Madrid”, el Ilustre Colegio Profesional de Protésicos Dentales de la Comunidad de Madrid informa y precisa lo siguiente.
1º La Asociación Empresarial de Madrid, como siempre, emite una información sesgada y con importantes omisiones. En principio el Convenio Colectivo impugnado por esta Corporación, fue impugnado previamente, por la misma, ante la Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid. Dicha consejería obligo a dicha Asociación y a los demás representantes firmantes del convenio a su modificación y como consecuencia de ello se publicó en el BOCM Nº56 de 7 de marzo de 2015, la modificación del mismo en virtud del cual se consiguió que todo el personal Técnico del laboratorio (Protésicos Dentales) tuvieran que estar obligatoriamente titulado o habilitado por la Administración. En la actualidad dicha obligación sigue subsistiendo y en nada le afecta el fallo de la Sentencia dictada por la Sala de lo Social del TSJ de Madrid al que hace referencia el artículo comentado. Por lo tanto aviso a navegantes: “Todos los protésicos dentales que estén englobados en la categoría profesional de personal técnico Y QUE EJERZAN LA PROFESIÓN deberán ser titulados o habilitados y por ello colegiados” y como ya hemos dicho a esa cuestión no le afecta el fallo de la sentencia pues el Convenio Laboral ya fue modificado previamente a instancias de este Colegio Profesional en el sentido expresado.
2º La Asociación Empresarial de Madrid, con la terminología usada en el artículo que contestamos parece dar a entender que este Colegio Profesional, lo que pretendía y buscaba con su demanda era conseguir la colegiación obligatoria de todo el personal de los laboratorios. Nada más alejado de la realidad. La intención real que movió a la Junta de Gobierno del Colegio de Protésicos Dentales de Madrid, era en realidad proteger el valor de nuestro título profesional y la profesión mediante su correcta regulación y no la colegiación obligatoria de quien no es profesional en ejercicio. Es conocido y notorio por casi todos los protésicos dentales la cantidad de personas que sin titulación ni habilitación están trabajando en realidad como protésicos dentales, y posiblemente causando una situación de competencia desleal frente a los laboratorios que contratan titulados o habilitados para ejercer las funciones propias de lo que solo le corresponde a los protésicos dentales incurriendo también en intrusismo. En definitiva la intención era proteger el valor de los títulos o habilitaciones profesionales de los que los habían conseguido, intentar evitar la competencia desleal y dignificar nuestra profesión.
3º La Asociación Empresarial de Madrid omite totalmente que la Sentencia a la que se refiere ha sido recurrida ante el Tribunal Supremo a través del recurso de Casación, no siendo la misma todavía firme y definitiva. Pero ya estamos acostumbrados a las omisiones de dicha Asociación y a sus bamboleos, la cual nos pide ayuda y colaboración en las cuestiones puntuales que les interesan pero no tienen en cuenta los intereses que atañen a la Profesión como tal y al valor que debiera tener nuestra titulación, como “Profesionales que somos”. Esta batalla jurídica acaba de empezar y no la hemos perdido en cuanto a la defensa del valor de nuestro título y habilitaciones. No la hemos perdido porque conseguimos que se publicara en el BOCAM la modificación del convenio ya indicada al conseguir que se quitara del mismo todas las personas que podían ejercer nuestra profesión sin título dentro del grupo profesional técnico. No la hemos perdido porque está pendiente el recurso de Casación ante el TS, ya reseñado, no la hemos perdido porque están pendientes las acciones de competencia desleal ante los Juzgados de lo Mercantil de Madrid, no la hemos perdido porque la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid empieza a tomar en serio la necesidad de controlar los organigramas de los laboratorios de Prótesis Dental a los efectos de controlar las titulaciones o habilitaciones del personal que trabaja en dichos establecimientos sanitarios, Y sobre todo no la hemos perdido porque tenemos detrás a los protésicos dentales que valoran la profesión y sus títulos que son la inmensa mayoría.
Sobre este aspecto queremos poner de relieve que en el acto del Juicio la representación letrada de la Empresarial puso de relieve la verdadera preocupación que latía detrás de su defensa “¿Que van a hacer los laboratorios que tienen desde hace treinta años a protésicos trabajando sin título?”.
Par finalizar ponemos de relieve que el informe del Servicio de la Competencia Madrileño al que hace referencia la Asociación Empresarial de Madrid es cierto y lo compartimos pues no todo el personal de los laboratorios debe estar colegiado. En efecto no debe estar colegiado el personal administrativo, de limpieza, mensajeros. El problema y la gran omisión de la Asociación Empresarial es que dicho informe no entra a delimitar las funciones del personal técnico y del que trabaja ejerciendo las funciones y competencias exclusivas y excluyentes como protésicos dentales.
En su día la Asociación Empresarial de Madrid sostenía que solamente debían colegiarse los responsables técnicos de los laboratorios en base a un informe de García de Enterría y ya veis lo que ha pasado al final y es que de momento tienen que estar titulados o habilitados todo el personal técnico de los laboratorios y por ello colegiado. Tenemos unos estudios, unos títulos y una regulación jurídico profesional, como en toda profesión sanitaria, que debemos defender y que entre otras cosas ayudan a delimitar nuestras competencias profesionales y quienes pueden defenderlas en exclusiva. También en su día dicha asociación interpuso contra este Colegio una demanda de protección al honor y que también perdió. Al final es una cuestión de tiempo pero el problema de dicha Asociación es que va con retraso y el tiempo se le echa encima.
La Junta de Gobierno del COLPRODECAM